Los actuales requerimientos del sistema de formación de conductores son consecuencia directa de los cambios y transformaciones de la legislación actual. Uno de los aspectos centrales dentro de las últimas modificaciones dice relación con la preparación, formación y certificación de los futuros conductores. En este sentido, el Artículo 17º del Decreto 251/98 (Publicado en el Diario Oficial de 9 de Febrero de 1999) Modificaciones: D.S. Nº 7/2000, señala que: “el cuerpo docente de las escuelas deberá considerar instructores por especialidad e instructores de conducción”. Asimismo, y de acuerdo a lo que solicita la letra e) del Artículo 17º, deben “acreditar la aprobación de un curso de formación de instructores y/o habilitación pedagógica”. En este contexto, se hace necesario que los instructores, que se desempeñen o pretenden desempeñarse en las escuelas de conducción, fortalezcan sus habilidades pedagógicas, con el fin de contribuir al desarrollo de las competencias asociadas al área de transporte y conducción.
Dirigido a quienes desarrollan labores de docencia y ejercen como Instructores en Escuelas de Conductores Profesionales Clase A y Clase B; Instructores de empresas de Transportes de Pasajeros rural y urbano; Instructores de empresas de Transportes en general; Interesados en ejercer como Instructor en el sector de transportes.
Las personas interesadas en postular al programa, deben acreditar: estudios educación media completos y conocimientos de computación a nivel usuario.